LEY 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana. [2014/7303]
Fecha publicación DOGV Num. 7.329 de 31.07.2014
La Ley LOTUP aprobada indica en su art. 180…….
Artículo 180. Deber de conservación y rehabilitación e inspección periódica de edificaciones
1. Los propietarios de terrenos, construcciones y edificios deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras necesarios para conservar o rehabilitar en ellos las condiciones imprescindibles de habitabilidad, seguridad, funcionalidad o uso efectivo que permitirían obtener la licencia administrativa de ocupación para el destino que les sea propio.
En la actualidad, existen numerosos inmuebles en #Valencia que incumplen esta Ley, poniendo en riesgo la seguridad vial en muchos casos. Conservando y reparando nuestras fachadas mejoramos la seguridad de todos, nosotros incluidos.
Igual que revisamos los neumáticos de nuestros coches, revisemos también los balcones y cornisas de nuestras fachadas, muchas veces olvidadas y con peligro de desprendimiento. Con poco, ganamos mucho.